Sexenio democrático y problemas de formación en la masonería española del XIX

Eduardo Montagut

Como es sabido, la llegada del Sexenio Democrático supuso el renacimiento de la Masonería española, iniciando un largo período en el que pudo desarrollarse sin cortapisas legales, aunque siempre existiera un evidente odio hacia la misma desde posturas ideológicas y religiosas muy conservadoras, cuando no reaccionarias, así como incomprensión de una parte de la izquierda, aunque sin desarrollar nunca la hostilidad del otro universo ideológico.

Pero este resurgir tuvo también una doble cara, y ya en el ámbito interno. Por un lado, estarían las divisiones, los conflictos internos, tanto derivados de cuestiones propias, como de las políticas, precisamente en un momento de intensos debates políticos sobre la realidad y el futuro de España, y, por otro, se detectaría una clara falta de formación masónica de una parte de los masones, que se manifestaba tanto en ostentaciones de signos masónicos en distintos ámbitos sociales, como dentro de los templos y talleres procediendo de forma indebida según los rituales. Este artículo trata de esto último, en la línea de nuestro estudio sobre determinados aspectos de la Masonería española de esta intensa época de la historia contemporánea española, y que ya hemos comenzado en este medio de El Obrero.

El Supremo Consejo del Gran Oriente de España aprovechaba el Boletín Oficial, que comenzó a publicar en mayo de 1871, para establecer normas, y emitir decretos o circulares sobre aspectos que generaban controversia o que se desviaban de principios y fundamentos masónicos.

Así pues, en el número del 15 de julio de 1871 el Supremo Consejo publicó uno de esos textos donde se planteaba el problema de la falta de formación o instrucción, como se dice en Masonería, de algunos miembros.

Al parecer, se había detectado que se introducían en los Talleres (las logias, en los trabajos que se realizaban en las tenidas masónicas) costumbres consideradas impropias y profanas (los masones son iniciados, los profanos son las demás personas). Se estaba observando que se hacía uso del “derecho a la palabra” para expresarse de modo contrario al proceder masónico. Debemos tener en cuenta que la Masonería se rige por ritos -escocés, francés, emulación, York, etc- y luego por rituales de cada uno de los ritos donde se estipula muy claramente la forma de trabajar, de desenvolverse, de hablar, etc, dentro del simbolismo que impregna toda la Masonería. Seguramente, este proceder, considerado impropio, era debido a esa falta de formación, como se expresaba, ya que la Masonería no había podido desarrollarse bien en el régimen isabelino, pero también porque muchos masones debieron entender, dada esa falta de instrucción, que se encontraban en una tertulia, club o asociación política y/o cultural o social de aquella época de grandes debates y controversias, pero la Masonería era y es otro tipo de organización.

La circular recordaba que los masones debían ser humildes y respetuosos con sus superiores, siendo parcos en el uso del derecho aludido, que demostraría esa virtud masónica del respeto (en aquella época se hablaba de “mansedumbre” y “subordinación”).

Los Venerables maestros, es decir, las autoridades de las logias, debían evitar todo discurso que considerasen que no tenía “motivo fundado”, cortando el afán de perorar y de convertir en “cátedra profana” la logia. Eso debía ocurrir con cierta frecuencia, y se comentaba en el texto que había masones que pretendían imponerse pidiendo constantemente la palabra sin conocimiento de causa, incurriendo en desacatos, que no se cometerían si se tuviera la adecuada instrucción. Se insistía mucho en que los Venerables debían imponer disciplina, no permitiendo el uso de la palabra, ni que ningún masón pudiera pretender hablar con acciones, voces, y solamente empleando el proceder masónico, que, como es sabido, es “de pie, y al orden”.

Así pues, era una advertencia clara de las autoridades masónicas para que los responsables de las logias pusieran coto a una situación que, en algunos casos, parecía que estaba convirtiendo las logias en reuniones profanas. Había que aplicar de forma rigurosa los reglamentos. Pero, además, se quería que las Logias de Instrucción se pusiesen a trabajar poniendo en marcha la formación necesaria, fomentando el estudio de las Constituciones, y de las obligaciones de los oficiales de las logias.

Hemos trabajado con el número 6 del Boletín Oficial del Gran Oriente de España, del 15 de julio de 1871.

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